España y Andorra comparten una frontera, una lengua (el catalán) y vínculos estrechos — pero no la misma fiscalidad. Para un residente español con alta tributación, Andorra representa una alternativa creíble, especialmente porque un convenio fiscal encuadra la transición. Aquí la comparativa completa.
La diferencia fiscal : rentas y patrimonio
En España, el IRPF alcanza un tipo marginal del 47 % a nivel nacional, y supera el 50 % en algunas comunidades autónomas (Cataluña, Valencia). A ello se suman el impuesto sobre el patrimonio (Impuesto sobre el Patrimonio) y el impuesto de solidaridad sobre las grandes fortunas, un IVA al 21 % y un IS al 25 %. En Andorra : 10 % máximo sobre la renta y las sociedades, 0 % sobre los dividendos de fuente andorrana, ni patrimonio ni sucesión, IGI al 4,5 %.
La comparativa, cifra a cifra
| Impuesto | Andorra | España |
|---|---|---|
| Impuesto sobre la renta (máx.) | 10 % | 47 % → ~54 % (según la región) |
| Impuesto de sociedades | 10 % | 25 % (15 % start-up) |
| Dividendos / ahorro | 0 % (fuente AD) | 19 % → 30 % (base ahorro) |
| IVA / IGI | 4,5 % | 21 % |
| Impuesto sobre el patrimonio | Ninguno | Patrimonio + grandes fortunas |
| Derechos de sucesión | Ninguno | Variable según la región |
| Tipos indicativos 2026. En España, patrimonio y sucesión dependen fuertemente de la comunidad autónoma. | ||
Una transición organizada por el convenio de 2015
España y Andorra están vinculadas por un convenio para evitar la doble imposición (en vigor desde 2016). Este reparte los derechos de imposición y fiabiliza la transición. La clave sigue siendo la misma : establecer una residencia andorrana real — vivir efectivamente allí, trasladar el centro de sus intereses. Bien preparada, la instalación es sólida y serena ; es exactamente lo que orquestamos para usted.
El veredicto : ¿para quién ?
Para un contribuyente español con rentas altas o titular de un patrimonio, Andorra reduce fuertemente la presión fiscal — a pocos kilómetros de Cataluña, en un marco con convenio. La condición : una instalación auténtica y bien preparada.
Lo esencial
- España : IRPF hasta ~54 %, patrimonio + grandes fortunas, IVA 21 %
- Andorra : 10 % máx., 0 % dividendos/patrimonio/sucesión, IGI 4,5 %
- Convenio para evitar la doble imposición en vigor (2016)
- Transición fiabilizada por una residencia andorrana real
- A pocos kilómetros de Cataluña, en la unión aduanera con la UE
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