Lun. – Vie. · 9 h – 18 h
Valle residencial de Andorra, donde establecer su residencia fiscal
Residencia fiscal · Andorra

Residencia fiscal en Andorra:
activa o pasiva, llave en mano.

Residencia activa (con actividad) o pasiva (sin actividad): elaboramos su expediente, gestionamos la contribución a la AFA y todos los trámites hasta su tarjeta de residente — un único interlocutor, una conformidad impecable.

Residencia fiscal en Andorra: lo esencial en 4 puntos

  • Dos vías: la residencia activa (usted ejerce una actividad en Andorra, afiliación a la CASS) y la residencia pasiva (sin actividad local: inversión de 1 M€ desde la ley 2/2026 o 400 000 € en el Fondo de Vivienda, contribución no reembolsable de 50 000 € a la AFA + 12 000 € por persona a cargo, 90 días de presencia como mínimo, 163 plazas en 2026).
  • Residencia fiscal: más de 183 días en el año natural en Andorra, o el centro de sus actividades o intereses económicos (artículo 8 de la ley 5/2014 del IRPF); el permiso de residencia no equivale, por sí solo, a la residencia fiscal.
  • Fiscalidad del residente: IRPF 0 % hasta 24 000 €, ≈ 5 % hasta 40 000 €, 10 % en adelante; dividendos andorranos exentos; sin impuesto sobre el patrimonio ni sucesiones.
  • Frente al país de origen: los convenios de doble imposición (Francia, 2 de abril de 2013; España, 2015) resuelven los conflictos de residencia (vivienda permanente, centro de intereses vitales…); para los asalariados, catalán A1 en la primera renovación del permiso y A2 en la segunda.

Andorre Gestoria — despacho fiscal y patrimonial, Canillo (RLG CAPITAL, SL). Normas verificadas el 15 de octubre de 2026 (ley 5/2014 del IRPF, ley 2/2026, convenio Francia-Andorra).

Chalet andorrano de piedra y madera, entorno de vida de la residencia en Andorra Principado de Andorra
Nuestro acompañamiento

Hacerse residente fiscal andorrano:
una nueva vida fiscal, sin papeleo.

Obtener la residencia andorrana requiere trámites precisos ante Inmigración, la AFA, un banco y la CASS. Nos encargamos de coordinar todo: usted aporta unos pocos documentos, nosotros hacemos el resto.

Llave en mano

Desde la evaluación de elegibilidad hasta la tarjeta de residente, y después con la instalación y el seguimiento anual.

Conformidad & tranquilidad

Una residencia fiscal sólida y oponible: aseguramos su transición frente a su país de origen.

Un único interlocutor

Un referente hispanohablante coordina Inmigración, banco, AFA y CASS, desde el primer contacto hasta el seguimiento.

Evaluar mi elegibilidad
Dos vías

¿Residencia activa o residencia pasiva en Andorra?
Elegimos juntos la mejor opción.

Su situación determina la vía más ventajosa. La analizamos y preparamos el expediente más adecuado.

Con actividad

Residencia activa

Para quienes vienen a ejercer en Andorra — directivo de sociedad, asalariado o autónomo. Abre la vía a la residencia fiscal (más de 183 días) y a la afiliación a la CASS.

Emprendedores, directivos, autónomos
Sin actividad · desde 1 M€

Residencia pasiva

Para instalarse sin trabajar en el país. Requiere una inversión en Andorra (1 M€ en activos andorranos, o 400 000 € en el Fondo de Vivienda), una contribución no reembolsable a la AFA, un seguro médico y una presencia de al menos 90 días al año — dentro del límite de un cupo de 163 autorizaciones en 2026.

Inversores, rentistas, jubilados activos
Nuestro proceso

Cómo obtener la residencia en Andorra:
de la elegibilidad a la tarjeta, en 6 etapas.

Cada hito es gestionado por su referente. Usted aporta unos pocos documentos; nosotros nos ocupamos del resto.

Elegibilidad & estrategia

Evaluamos su perfil, sus objetivos y su fiscalidad actual, y después elegimos la vía — activa o pasiva — más ventajosa.

Constitución del expediente

Pasaporte, antecedentes penales, justificantes de ingresos y de origen de fondos, seguro médico: preparamos un expediente completo y conforme.

Inversión o actividad

Residencia pasiva: estructuramos su inversión (desde 1 M€). Residencia activa: ponemos en marcha su contrato, o nos encargamos de crear su sociedad en Andorra.

Contribución a la AFA & solicitud

Contribución a la Autoridad Financiera Andorrana (AFA) y presentación de la solicitud ante el Servicio de Inmigración.

Instrucción & autorización

Hacemos el seguimiento del expediente ante las autoridades hasta la obtención de la autorización de inmigración.

Tarjeta de residente & instalación

Obtención de la tarjeta, afiliación a la CASS y acompañamiento en su instalación (vivienda, banco, escolaridad).

Expediente & condiciones

Requisitos de la residencia fiscal andorrana: 183 días, vivienda, centro de intereses.

Se aplican dos derechos a la vez: el derecho andorrano, que le convierte en residente, y el derecho francés, que debe dejar de considerarle domiciliado en Francia.

¿Residente fiscal andorrano o francés? Los criterios comparados

CriterioAndorra — ley 5/2014, art. 8Francia — CGI, art. 4 B
PresenciaMás de 183 días en el año natural; las ausencias esporádicas se computan como presencia, salvo residencia fiscal probada en otro paísHogar o lugar de estancia principal en Francia
Actividades e intereses económicosNúcleo principal o base de las actividades o de los intereses económicos en Andorra, de forma directa o indirectaActividad profesional principal ejercida en Francia, o centro de los intereses económicos en Francia
FamiliaResidencia presunta si el cónyuge no separado y los hijos menores son residentes fiscales andorranosEl hogar — donde viven habitualmente el cónyuge y los hijos — vincula a Francia
Criterios exigidosBasta con unoBasta con uno
Si los dos Estados le reclaman como residente, el convenio del 2 de abril de 2013 resuelve el conflicto (art. 4): vivienda permanente, después centro de intereses vitales, estancia habitual, nacionalidad y, en último término, acuerdo entre administraciones. Los asalariados que vienen cada día desde España o Francia a trabajar en Andorra no son residentes fiscales andorranos (art. 8.3 de la ley 5/2014).

En concreto, la administración francesa solo deja de considerarle domiciliado en Francia si ningún criterio del artículo 4 B le vincula todavía — o si el convenio le designa como residente andorrano, lo que supone primero cumplir sus criterios (más de 183 días, centro de intereses económicos o actividad principal en Andorra; un permiso de residencia por sí solo no basta). Las pruebas que hay que reunir se detallan en nuestra guía probar la residencia fiscal en Andorra, y el desempate, artículo por artículo, en nuestra guía del convenio fiscal Francia-Andorra.

Usted

Lo que usted aporta

  • Pasaporte en vigor (apostillado)
  • Certificado de antecedentes penales (apostillado)
  • Justificantes de ingresos y del origen de los fondos
  • Un seguro médico con cobertura en Andorra
  • Un justificante de domicilio en Andorra
Nosotros

Lo que nosotros coordinamos

  • Elección de la vía (activa o pasiva)
  • Estructuración de la inversión / de la actividad
  • Contribución a la AFA & solicitud de inmigración
  • Afiliación CASS & tarjeta de residente
  • Instalación y seguimiento fiscal anual
Presencia & residencia fiscal:

La residencia pasiva exige al menos 90 días al año en el territorio; para ser fiscalmente residente, es el umbral de 183 días y el centro de sus intereses lo que prevalece. Calibramos su instalación para una residencia fiscal andorrana sólida e incontestable.

Después de la tarjeta de residente: tres gestos que afianzan la residencia fiscal.

Presentar cada año la declaración del IRPF andorrano, entre el 1 de abril y el 30 de septiembre del año siguiente (artículo 55 de la ley 5/2014), incluso cuando el impuesto es nulo; solicitar el certificado de residencia fiscal al Departament de Tributs i de Fronteres; del lado francés, declarar su salida en la declaración de la renta del año del cambio y comprobar si le afecta la exit tax.

Su fiscalidad personal

Impuestos de un residente fiscal en Andorra:
lo que usted conserva realmente.

La diferencia con Francia, en los principales impuestos para particulares.

ImpuestoFranciaPrincipadoAndorra
Impuesto sobre la renta (máx.)45 %10 %
Dividendos (fuente andorrana)31,4 % (PFU)0 %
Impuesto sobre el patrimonioIFI hasta el 1,5 %Inexistente
Impuesto de sucesiones45 % en línea directa, hasta el 60 %Inexistente
Tipos orientativos. IRPF andorrano: 0 % hasta 24 000 €, 5 % hasta 40 000 €, 10 % a partir de ahí. Convenio franco-andorrano del 2 de abril de 2013.

Calcule su ahorro fiscal con nuestro simulador

Preguntas frecuentes

La residencia en Andorra: sus preguntas.

¿Cuáles son los criterios para ser residente fiscal en Andorra?

El artículo 8 de la ley 5/2014 del IRPF establece dos criterios alternativos: permanecer más de 183 días en el año natural en Andorra (las ausencias esporádicas se computan, salvo residencia fiscal probada en otro lugar), o tener allí el núcleo principal o la base de sus actividades o de sus intereses económicos. La residencia se presume además cuando el cónyuge no separado y los hijos menores son residentes fiscales andorranos.

¿Cómo hacerse residente fiscal en Andorra?

En tres tiempos: obtener una autorización de residencia — activa, con una actividad en Andorra, o pasiva, sin actividad —; vivir efectivamente en Andorra más de 183 días al año o instalar allí el centro de sus intereses económicos; y después romper, con pruebas, los vínculos franceses del artículo 4 B del CGI (hogar, actividad principal, intereses económicos). Nos encargamos de los tres.

¿Basta el permiso de residencia para ser residente fiscal?

No. El permiso depende de la inmigración; la residencia fiscal depende de los hechos — más de 183 días de presencia o centro de intereses económicos en Andorra. El protocolo del convenio Francia-Andorra lo precisa: un simple permiso de residencia no le convierte en residente andorrano a efectos del convenio. Una residencia pasiva obtenida con 90 días de presencia no basta, por tanto, por sí sola.

¿Qué diferencia hay entre residencia activa y pasiva?

La residencia activa está dirigida a quienes ejercen una actividad en Andorra (directivo, asalariado, autónomo). La residencia pasiva es para quienes se instalan sin trabajar allí; requiere una inversión, una contribución no reembolsable a la AFA y una presencia mínima. Le orientamos según su perfil.

¿Cuántos días hay que pasar en Andorra?

La residencia pasiva exige al menos 90 días al año. Para ser considerado residente fiscal, es el umbral de 183 días y la localización del centro de sus intereses lo que cuenta. Calibramos su instalación en consecuencia.

¿Qué inversión se requiere para la residencia pasiva?

Desde la reforma de 2026, es necesario invertir 1 000 000 € en activos andorranos (todo inmueble adquirido debe superar los 800 000 €), o 400 000 € en el Fondo de Vivienda. A ello se añade una contribución no reembolsable de 50 000 € a la AFA.

¿Puedo mantener intereses en Francia?

Sí, en un marco controlado. El convenio franco-andorrano regula el reparto de la tributación. Algunos aspectos se anticipan (residencia efectiva, regla de los 183 días): es precisamente el papel de nuestro asesoramiento, que asegura su transición con total tranquilidad. Si su actividad profesional debe permanecer en Francia, lea primero nuestra guía sobre vivir en Andorra y trabajar en Francia.

¿Cuál es el impuesto sobre la renta en Andorra?

El IRPF andorrano es del 0 % hasta 24 000 €, del 5 % hasta 40 000 € y del 10 % a partir de ahí. Los dividendos de fuente andorrana están exentos. No existe impuesto sobre el patrimonio ni impuesto de sucesiones.