En resumen: coche y matrícula andorrana, lo esencial.
- ¿Puede un residente en Francia matricular su coche en Andorra? No. Las placas andorranas ordinarias están reservadas a los residentes titulares de una autorización de residencia, a las sociedades andorranas y a algunos otros titulares; un no residente solo tiene derecho a una placa temporal. Y quien se instala en Francia debe matricular allí su vehículo en el plazo de un mes.
- ¿Qué arriesga si circula con matrícula andorrana? Para la aduana, una importación sin declaración: reclamación del IVA del 20 % y del malus, posible confiscación del vehículo, multa de hasta el doble de su valor. En mayo de 2026, una investigación en Toulouse afectaba a 170 compradores.
- ¿Se puede comprar legalmente un coche en Andorra? Sí: compra sin IGI a la exportación y, después, despacho de aduanas en Francia — IVA del 20 %, sin derechos de aduana si se acredita el origen o la libre práctica, certificado 846 A y, por último, malus.
- ¿Qué cambia con el malus 2027? A partir del 1 de enero de 2027, el malus CO₂ empieza en 103 g/km y alcanza 90 000 € por encima de 189 g/km. También se aplica a los coches importados, con una reducción según la antigüedad.
Respuestas sintéticas de Andorre Gestoria, gabinete fiscal y patrimonial francófono en Canillo (RLG CAPITAL, SL). Detalles y fuentes en el artículo — actualizado el 21 de octubre de 2026.
La diferencia es real: en Andorra, un coche nuevo soporta el IGI del 4,5 % y ningún malus, mientras que Francia aplica un 20 % de IVA y un malus que alcanzará 90 000 € en 2027. De ahí han nacido ofertas «llave en mano» — coche matriculado a nombre de una sociedad andorrana y «alquilado» a un cliente que vive en Francia. Estos montajes no resisten la lectura de los textos, y la justicia francesa lo recordó en mayo de 2026. Esta guía hace balance, norma por norma: quién puede matricular en Andorra, qué arriesga un residente en Francia, cómo importar legalmente y cuánto cuesta el malus en 2026 y en 2027.
¿Quién puede matricular un vehículo en Andorra?
El código de circulación andorrano (ley 12/2021, art. 97) y su reglamento de matriculación (decreto 534/2022) reservan las placas ordinarias a:
- los andorranos residentes;
- los extranjeros titulares de una autorización de residencia, o de residencia y trabajo, con exclusión de las autorizaciones temporales;
- las sociedades de derecho andorrano y las asociaciones establecidas en Andorra;
- las administraciones, las autoridades de los copríncipes y el cuerpo diplomático.
Un no residente solo tiene derecho a una placa temporal o «turística» (MT), válida de un mes a un año. A la inversa, un residente andorrano no puede conducir en Andorra un vehículo matriculado en el extranjero o con placa MT, salvo en los casos de importación temporal. La matriculación exige la factura visada por la aduana, el pago del IGI, un seguro contratado con una aseguradora autorizada en Andorra y un certificado de conformidad. Para un vehículo de segunda mano importado, se añaden el antiguo permiso de circulación y una inspección técnica andorrana; el vehículo debe cumplir la norma Euro vigente o la anterior y tener seis años como máximo desde su año de fabricación. Después, el titular del permiso de circulación debe pagar un impuesto anual de tenencia, calculado sobre la potencia fiscal.
Residente en Francia con matrícula andorrana: lo que dice la aduana
Un coche matriculado fuera de la Unión Europea no entra libremente en la UE: solo circula por ella sin derechos ni IVA al amparo del régimen de importación temporal. El derecho aduanero de la Unión reserva este régimen a los vehículos utilizados por personas establecidas fuera de la UE — para un particular, aquel cuya residencia habitual está fuera de la Unión (Reglamento Delegado 2015/2446, art. 212). Una persona que reside en Francia solo se beneficia de él en casos muy limitados (art. 215): uso privado ocasional a petición del titular de la matriculación, presente en la UE; alquiler de corta duración, en particular para volver a casa; asalariado de un empleador establecido fuera de la UE, para los trayectos o misiones previstos en su contrato. Fuera de estos casos, el coche debe importarse: declaración en aduana, IVA, malus, matriculación francesa.
Los montajes propuestos no encajan en ninguna de estas excepciones. Un «alquiler» de larga duración por parte de una sociedad andorrana a un cliente que vive en Francia no es un alquiler de corta duración; la excepción del asalariado supone un empleo real, con un empleador realmente establecido fuera de la UE. En cuanto al código de circulación francés, toda persona que se instala en Francia debe matricular allí su vehículo en el plazo de un mes; circular sin un certificado de matriculación válido es una contravención de 4.a clase, con posible inmovilización del vehículo.
Las sanciones
Desde la recodificación del código de aduanas francés, que entró en vigor el 1 de mayo de 2026 (ordonnance de 8 de abril de 2026), estas situaciones constituyen una importación sin declaración (art. L. 512-4); matricular un automóvil sin haber cumplido los trámites aduaneros se asimila expresamente a ella (art. L. 512-6). Las consecuencias pueden sumarse:
- la confiscación del objeto del fraude y de los medios de transporte (art. L. 514-4);
- una multa de hasta el doble del valor del vehículo, y una pena de prisión en los casos más graves;
- la reclamación del IVA y del malus eludidos.
Sigue siendo posible una transacción con la administración, pero tiene un precio. El riesgo no es teórico: en mayo de 2026, la fiscalía general de Toulouse presentó, según la prensa, el balance de una investigación franco-andorrana sobre falsos contratos de alquiler de coches de alta gama matriculados en Andorra. 170 compradores franceses, por compras realizadas en 2024 y 2025, fueron señalados a la administración tributaria; el perjuicio para las arcas públicas francesas se cifra en 12,76 M€. En Andorra, dos personas habían sido detenidas en 2025.
Comprar en Andorra e importar en Francia: la vía legal
Nada impide a un residente en Francia comprar su coche en Andorra. Simplemente hay que introducirlo en Francia como cualquier otra importación:
- Compra sin IGI: el vehículo que sale de Andorra está exento de IGI a la exportación (ley 11/2012, art. 14); el vendedor emite los documentos de exportación.
- Despacho de aduanas en Francia: se debe el IVA del 20 % sobre el valor del vehículo. Gracias a la unión aduanera con Andorra, que cubre los productos industriales, no hay derechos de aduana si el vehículo es de origen europeo o andorrano, o está en libre práctica, y se acredita ese estatuto (documento T2L o equivalente); en caso contrario, se aplica el derecho del arancel aduanero común, el 10 % para un turismo.
- Certificado 846 A: expedido por la aduana una vez pagados los impuestos, sustituye al quitus fiscal, reservado a los vehículos procedentes de otro Estado de la UE.
- Matriculación en la web de la ANTS: certificado 846 A, certificado de conformidad europeo (u homologación individual), inspección técnica de menos de seis meses si el vehículo tiene más de cuatro años.
- Malus: se debe en la primera matriculación en Francia, según las reglas que figuran más abajo.
En definitiva, el ahorro se limita a menudo a la diferencia de precio sin impuestos entre los dos mercados: el IVA francés y el malus siguen siendo exigibles. Las reglas generales del IGI y de la facturación se detallan en nuestra guía del IGI, y las franquicias de los viajeros — que no cubren un coche — en nuestra guía de la aduana.
El malus en 2026 y en 2027: lo que hay que saber
El malus CO₂ (código francés de impuestos sobre bienes y servicios, art. L. 421-62) se endurece el 1 de enero de 2027, según el calendario fijado por la ley de finanzas para 2025. El proyecto de ley de finanzas para 2027, presentado el 1 de octubre de 2026, no modifica estos baremos.
| Emisiones (WLTP) | 2026 | 2027 |
|---|---|---|
| Primer umbral gravado | 108 g/km (50 €) | 103 g/km (50 €) |
| 120 g/km | 310 € | 540 € |
| 140 g/km | 2 205 € | 3 119 € |
| 160 g/km | 8 770 € | 14 325 € |
| 180 g/km | 45 990 € | 61 245 € |
| Tope | 80 000 € por encima de 191 g/km | 90 000 € por encima de 189 g/km |
| Malus CO₂ según el año de primera matriculación del vehículo — CIBS, art. L. 421-62 (Légifrance). Los coches 100 % eléctricos están exentos del malus CO₂ y del malus por peso. | ||
A ello se suma el malus por peso, exigible a partir de 1 500 kg (de 10 a 30 € por kilogramo según el tramo); la suma de ambos malus sigue limitada a la tarifa máxima del malus CO₂ del año.
Para un coche de segunda mano importado, tres reglas lo cambian todo:
- se aplica el baremo del año de primera matriculación, aunque esta se produjera en el extranjero;
- al malus se le aplica una reducción según la antigüedad, contada en meses desde esa primera matriculación: un 3 % hasta tres meses, un 12 % al año, un 28 % a los tres años, un 64 % a los diez años, hasta el 100 % pasados quince años; a partir del 1 de enero de 2027 se añade un coeficiente ligado al kilometraje anual medio, de hasta 3,5 puntos;
- el malus es nulo para un vehículo cuya primera matriculación en el extranjero sea anterior al 1 de enero de 2015.
Ejemplo: un coche nuevo que emite 160 g/km, comprado en Andorra y matriculado por primera vez en Francia en diciembre de 2026, soporta 8 770 € de malus CO₂; matriculado en enero de 2027, 14 325 € — sin contar el malus por peso. El calendario de compra cuenta tanto como el lugar.
Si se instala en Andorra con su coche
Para un verdadero residente andorrano, la situación se invierte: es en Andorra donde debe matricularse el vehículo. Las reglas que conviene conocer:
- el vehículo puede circular con matrícula extranjera durante seis meses como máximo tras la obtención de la residencia;
- para rematricularlo en Andorra, debe estar en su poder desde hace al menos seis meses y tener seis años como máximo desde su año de fabricación — por encima de esa antigüedad, hay que plantearse otra solución;
- el permiso de conducir extranjero sigue siendo válido seis meses después de la obtención de la residencia y debe canjearse en el plazo de un año; un permiso de la UE se canjea sin examen (decreto 226/2025);
- en Francia, un residente andorrano puede circular con su coche matriculado en Andorra para su uso privado — siempre que su residencia andorrana sea real. Un «residente» cuyo hogar siga en Francia se consideraría establecido en Francia, y la cuestión de su residencia fiscal se plantearía de inmediato.
Al volver a Francia, la aduana francesa concede una franquicia de derechos y de IVA por traslado de residencia: al menos doce meses de residencia fuera de la UE, un vehículo en propiedad y utilizado a título privado durante al menos seis meses, una declaración dentro de los doce meses siguientes a la instalación (formulario Cerfa n.º 10070) y la prohibición de venderlo, alquilarlo o prestarlo durante doce meses. Atención: esta franquicia no cubre el malus, que sigue siendo exigible en la matriculación francesa, una vez aplicada la reducción por antigüedad. Los trámites de instalación se detallan en nuestra guía expatriarse en Andorra.
Para recordar
- Placas andorranas ordinarias: residentes titulares de una autorización de residencia, sociedades andorranas; no residentes: solo placa temporal
- Residente en Francia con matrícula andorrana = importación sin declaración: IVA, malus, posible confiscación, multa de hasta el doble del valor
- Investigación de Toulouse (mayo de 2026): 170 compradores señalados al fisco, 12,76 M€ en juego
- Compra legal: sin IGI a la exportación y, después, IVA del 20 %, certificado 846 A y malus en Francia
- Malus 2027: desde 103 g/km, hasta 90 000 €; baremo del año de primera matriculación, reducción según la antigüedad


